Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un compromiso de los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas

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Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un compromiso de los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas

Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un compromiso de los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas

 

“Los ODS también son una herramienta de planificación y seguimiento para los países, tanto a nivel nacional como local. Gracias a su visión de largo plazo, constituirán un apoyo para cada país en su senda hacia un desarrollo sostenido, inclusivo y en armonía con el medio ambiente, a través de políticas públicas e instrumentos de planificación, presupuesto, monitoreo y evaluación”.

 

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en septiembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece una visión transformadora hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental de los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas que la suscribieron y es la guía de referencia para el trabajo de la comunidad internacional hasta el año 2030. La Agenda 2030 presenta una oportunidad histórica para América Latina y el Caribe, ya que incluye temas altamente prioritarios para la región, como la erradicación de la pobreza extrema, la reducción de la desigualdad en todas sus dimensiones, un crecimiento económico inclusivo con trabajo decente para todos, ciudades sostenibles y cambio climático, entre otros.

 

Es una agenda civilizatoria, que pone la dignidad y la igualdad de las personas en el centro y llama a cambiar nuestro estilo de desarrollo. Es un compromiso universal adquirido tanto por países desarrollados como en desarrollo, en el marco de una alianza mundial reforzada, que toma en cuenta los medios de implementación para realizar el cambio y la prevención de desastres por eventos naturales extremos, así como la mitigación y adaptación al cambio climático.

 

La Agenda 2030 es el resultado del proceso de consultas más amplio y participativo de la historia de las Naciones Unidas y representa el consenso emergente multilateral entre gobiernos y actores diversos, como la sociedad civil, el sector privado y la academia. Asimismo, las bases normativas de esta agenda multilateral parten desde la carta de las Naciones Unidas de 1945 hasta las más de 40 referencias de conferencias y convenciones de la ONU aprobadas a la fecha.

 

Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible son

 

  1. Fin de la pobreza.
  2. Hambre cero.
  3. Salud y bienestar.
  4. Educación de calidad.
  5. Igualdad de género.
  6. Agua limpia y saneamiento.
  7. Energía asequible y no contaminante.
  8. Trabajo decente y crecimiento económico.
  9. Industria, innovación e infraestructura.
  10. Reducción de las desigualdades.
  11. Ciudades y comunidades sostenibles.
  12. Producción y consumo responsables.
  13. Acción por el clima.
  14. Vida submarina.
  15. Vida de ecosistemas terrestres.
  16. Paz, justicia e instituciones sólidas.
  17. Alianzas para lograr los objetivos.

 

Además, la Agenda 2030 especifica un total de 169 metas para alcanzarlos, repartidas entre los 17 ODS.

 

Quedándonos con el objetivo 11. Ciudades y comunidades sostenibles, es importante señalar que este se conjuga a la vez, con el Objetivo 1 (meta 1.5: “Fomentar la resiliencia de los pobres y las personas que se encuentran en situaciones vulnerables y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras crisis y desastres económicos, sociales y ambientales”), el Objetivo 6 (meta 6.2: “Lograr el acceso equitativo a servicios de saneamiento e higiene adecuados (...)”), el Objetivo 7 (meta 7.1: “Garantizar el acceso universal a servicios de energía asequibles, confiables y modernos”), entre otros.

 

El derecho a la vivienda contribuye a muchos otros aspectos económicos, sociales y culturales del desarrollo de individuos, hogares y comunidades. Una vivienda inadecuada tiene un impacto negativo en la equidad e inclusión urbanas, la seguridad urbana y las oportunidades de subsistencia, y tiene repercusiones negativas para la salud.

 

La Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III) que se llevó a cabo en 2016 en Quito -Ecuador-, recoge en más de 20 puntos la relevancia del derecho a la vivienda y su relación con el desarrollo urbano sostenible.

 

Nos comprometemos a promover la función de las viviendas asequibles y sostenibles y la financiación de la vivienda, en particular la producción social del hábitat, en el desarrollo económico, y la contribución del sector para estimular la productividad en otros sectores económicos, reconociendo que la vivienda aumenta la formación de capital, los ingresos, la generación de empleo y el ahorro y puede contribuir a la transformación económica sostenible e inclusiva en los planos nacional, subnacional y local” (Párrafo 46 NAU)

 

La Nueva Agenda Urbana (NAU) recoge el enfoque planteado por el Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat): la “Vivienda en el Centro de la NAU”, que pone la vivienda en el centro de las agendas locales y nacionales, integrándolo dentro de los marcos y las estrategias nacionales de desarrollo. Esta estrategia propone cambiar el foco desde una aproximación meramente cuantitativa, caracterizada por la construcción de unidades de vivienda, hacia un marco holístico para el desarrollo, poniendo a las personas y los derechos humanos al frente del desarrollo urbano sostenible.

 

Es por ello que El derecho a una vivienda adecuada incumbe a todos los Estados, puesto que todos ellos han ratificado por lo menos un tratado internacional relativo a la vivienda adecuada y se han comprometido a proteger el derecho a una vivienda adecuada mediante declaraciones y planes de acción internacionales o documentos emanados de conferencias internacionales.

 

Más de 100 países cuentan con una disposición constitucional sobre el derecho a una vivienda adecuada o declaran la responsabilidad general del Estado de asegurar una vivienda y condiciones de vida adecuadas para todos, y los tribunales de varios sistemas jurídicos también han fallado sobre casos relativos al disfrute de ese derecho.

 

El derecho a una vivienda adecuada no es solamente una meta programática que debe alcanzarse a largo plazo. Los Estados deben realizar sin demora todos los esfuerzos y adoptar todas las medidas posibles, dentro de los recursos de que disponen, para llevar a la práctica este derecho.

 

Además, las obligaciones de respetar, proteger y cumplir el derecho a la vivienda se extienden a otros niveles de gobierno, como las ciudades, lo que aún no ha recibido la atención necesaria.

 

El derecho a una vivienda adecuada no exige que el Gobierno construya viviendas para toda la población. Si bien la mayoría de los gobiernos participan en cierta medida en la construcción de viviendas, el derecho a una vivienda adecuada evidentemente no obliga al gobierno a construir el parque de viviendas para toda la nación. En lugar de ello, el derecho a una vivienda adecuada comprende las medidas necesarias para prevenir la falta de un techo, prohibir los desalojos forzosos, luchar contra la discriminación, centrarse en los grupos más vulnerables y marginados, asegurar la seguridad de tenencia para todos y garantizar que la vivienda de todas las personas sea adecuada.

 

Estas medidas pueden requerir la intervención del gobierno en distintos planos: legislativo, administrativo, de políticas o de prioridades de gastos. Medidas que pueden aplicarse mediante un criterio propicio a la vivienda en el que el gobierno se convierte en facilitador de las actividades de todos los participantes en la producción y mejora de la vivienda.

 

Asimismo, los Gobiernos tienen la obligación de abstenerse de una injerencia directa o indirecta en el disfrute del derecho a una vivienda adecuada, así como de impedir la injerencia de terceros.

 


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