
Calendario tributario 2025: plazos clave para cumplir con las obligaciones fiscales
Calendario tributario 2025: plazos clave para cumplir con las obligaciones fiscales
POR: JAIR ANDREY BARRAGÁN
Abogado Editor Especialista. Notinet
Cada año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) presenta el calendario tributario que detalla las fechas en que los contribuyentes deben cumplir con sus obligaciones fiscales según lo parametrizado en el Decreto 2229 del 2023. Para el año 2025, el calendario incluye fechas clave para la declaración y el pago de impuestos sobre la renta, el IVA, el patrimonio y otros tributos. Estos plazos son fundamentales para evitar sanciones o intereses por el incumplimiento, por lo que es vital que tanto personas naturales como jurídicas se mantengan al tanto de las fechas estipuladas por la DIAN.
En la siguiente tabla se presenta las fechas clave de los principales impuestos y obligaciones tributarias para el 2025:
Obligación |
Fechas de Vencimiento |
Impuesto sobre la renta (grandes contribuyentes) |
11-24 febrero, 9-24 abril, 11-25 junio 2025 |
Anticipo impuesto sobre la renta (entidades financieras) |
9-24 abril, 11-25 junio 2025 |
Impuesto sobre la renta (personas jurídicas) |
12-23 de mayo, 9-22 de julio de 2025 |
Impuesto sobre la renta (personas naturales) |
Hace 12 días - 24 de octubre de 2025 |
Pagos anticipados (no residentes) |
14 de marzo - 16 de enero de 2026 |
Obras por impuestos (primera cuota) |
30 de mayo de 2025 |
Declaración de activos en el exterior |
9-24 abr, 12-23 mayo, hace 12 - 24 oct 2025 |
IVA (responsables con ingresos > 92.000 UVT) |
11-25 mar, 12-23 mayo, 9-22 jul, 9-22 sept, 12-26 nov, 13-26 ene 2026 |
A continuación, se recopilan los principales plazos para la presentación de declaraciones y el pago de los impuestos más relevantes, según el calendario tributario 2025.
Impuesto sobre la Renta y Complementario (Grandes Contribuyentes)
Los grandes contribuyentes, que incluyen tanto a personas naturales como jurídicas o asimiladas, así como a contribuyentes del régimen tributario especial, deben cumplir con la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario correspondiente al año 2024. El pago se realiza en tres cuotas según el último dígito del NIT. Las fechas de vencimiento son las siguientes:
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Primera cuota: Entre el 11 y el 24 de febrero de 2025.
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Segunda cuota: Entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
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Tercera cuota: Entre el 11 y el 25 de junio de 2025.
Además, algunas entidades, como las instituciones financieras y aseguradoras, deberán liquidar un anticipo del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2025 en dos cuotas:
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Primera cuota (50%): Entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
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Segunda cuota (50%): Entre el 11 y el 25 de junio de 2025.
Impuesto sobre la Renta (Personas Jurídicas)
Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas que no sean grandes contribuyentes deberán presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto sobre la renta correspondiente al año 2024 en dos cuotas:
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Primera cuota: Entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
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Segunda cuota: Entre el 9 y el 22 de julio de 2025.
Impuesto sobre la Renta de Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas
El plazo para la presentación y el pago del impuesto sobre la renta de personas naturales y sucesiones ilíquidas, correspondiente al año gravable 2024, varía según los dos últimos dígitos del NIT, y se extiende entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025.
Pagos Anticipados de Impuesto sobre la Renta (No Residentes)
Las personas o entidades no residentes en Colombia con presencia económica significativa deben realizar pagos anticipados bimestrales del impuesto sobre la renta. Las fechas de vencimiento para estos pagos son:
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Enero-febrero: Hasta el 14 de marzo de 2025.
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Marzo-abril: Hasta el 15 de mayo de 2025.
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Mayo-junio: Hasta el 14 de julio de 2025.
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Julio-agosto: Hasta el 12 de septiembre de 2025.
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Septiembre-octubre: Hasta el 18 de noviembre de 2025.
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Noviembre-diciembre: Hasta el 16 de enero de 2026.
La declaración anual de este impuesto deberá presentarse más tarde el 22 de abril de 2026.
Otros Impuestos y Obligaciones
Obras por Impuestos
Las personas jurídicas que deseen vincularse al régimen de obras por impuestos deben presentar la declaración y pagar la primera cuota antes del 30 de mayo de 2025. Los grandes contribuyentes que se inscriban también deben cumplir con la misma fecha para la segunda cuota.
Declaración de Activos en el Exterior
Los grandes contribuyentes y las personas jurídicas que tengan activos en el exterior superiores a 2.000 UVT deberán presentar la declaración de activos en el exterior en las siguientes fechas:
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Grandes contribuyentes: Entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
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Personas jurídicas: Entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
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Personas naturales: Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025.
Impuesto sobre las Ventas (IVA)
Los responsables del IVA que hayan tenido ingresos brutos superiores a 92.000 UVT deberán cumplir con las fechas de vencimiento bimestrales. Los plazos son:
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Enero-febrero: Entre el 11 y el 25 de marzo de 2025.
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Marzo-abril: Entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
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Mayo-junio: Entre el 9 y el 22 de julio de 2025.
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Julio-agosto: Entre el 9 y el 22 de septiembre de 2025.
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Septiembre-octubre: Entre el 12 y el 26 de noviembre de 2025.
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Noviembre-diciembre: Entre el 13 y el 26 de enero de 2026.
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