Administrativo
Implicaciones del Decreto 103 de 2015 para las entidades p

Implicaciones del Decreto 103 de 2015 para las entidades p

Al interior de las entidades públicas colombianas, y a partir de lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 103 de 2015, relacionado con el costo de reproducción de la información pública que éstas administran y a solicitud de las personas interesadas, ha surgido el interrogante jurídico sobre las implicaciones prácticas que  tiene la disposición referida.

Escrito por:

JORGE ELIECER MORALES ACUÑA

Abogado Universidad Nacional de Colombia

Especialista en Derecho Administrativo, Universidad Santo Tomás

Magíster en Derecho, Universidad Nacional de Colombia

Máster en Estudios Políticos,  U. Complutense de Madrid - U. Internacional Menendez Pelayo

Doctorando en Derecho Universidad Carlos III de Madrid

Administrativo
NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TIRBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA

NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TIRBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA

La notificación es un acto procedimental, cuya finalidad consiste en enterar a las partes y a terceros del contenido de las providencias judiciales y/o actos administrativos. A su vez, es un medio de publicidad que garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa.

Teniendo en cuenta lo anterior, y en razón a las diversas consultas elevadas por los contribuyentes a la  Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, esta entidad procedió a emitir el concepto unificado No. 15796 de julio 26 de 2016, mediante el cual recopiló todas las normas y conceptos en referencia a la notificación de los actos administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, a fin de dar mayor claridad al asunto.

 

Escrito por:

Escrito por: Andrea Sanabria Parra  

Socia 

RULE ABOGADOS SAS

 

Administrativo
Ni muerte ni criminalizaci

Ni muerte ni criminalizaci

Es el clamor de cientos de pobladores del municipio de Buriticá, departamento de Antioquia, quienes no salen de su asombro al conocer la publicación del diario el espectador “ECONOMÍA 4 JUN 2016”, en la que sostuvo: “En una reunión de concertación fue grabado un audio conocido por El Espectador, en el que un alto funcionario de esa compañía, que se identifica como el vicepresidente, señala lo siguiente: “Quiero decirles que el viernes en el Viceministerio de Minas se dijo ‘mátenlos’, y yo le dije, ‘¡hey! no use esa palabra, viceministra’, entonces dijo: ‘no, perdón, cancélenlo’, porque el análisis técnico lo tienen allá, ellos son los que nos están diciendo estamos de acuerdo con esta cancelación…”.

Escrito por:

Gerardo Bernal Gamboa

Abogado  Especialista en Derecho Minero y Petrolero

directorgeneral@bernalpartners.com

www.bernalpartners.com

Administrativo
POL

POL

La premisa que el desarrollo normativo va en correspondencia con el legislativo, al parecer pierde vigencia en razón a que el pasado mes de abril el Ministerio de Minas y Energía expidió la  resolución No. 40391 “Por la cual se adopta la Política Minera Nacional” a su vez deroga la resolución 90719 del 8 de junio de 2014 “Por medio de la cual se adopta la Política Nacional para la Formalización de la Minería”, fundamentada en los siguientes pilares[...]

Escrito por: Gerardo Bernal Gamboa - Abogado  Especialista en Derecho Minero y Petrolero

 

Administrativo
Miner

Miner

Con asomos de victoria, el Gobierno Nacional anunciaba la expedición de la licencia ambiental con la cual se iniciaría un “gran” proyecto petrolero en las inmediaciones del río caño cristales, ubicado en la serranía de la Macarena, cuyo nombre se debe a los colores de sus algas de distintas tonalidades, bañadas por aguas cristalinas que en su raudo paso las resaltan con su pureza, convirtiéndolo en deleite de propios y extraños.