Civil
Derecho Corporativo Para El Sector Asegurador:

Derecho Corporativo Para El Sector Asegurador:

La importancia de diferenciar si un contrato es de libre discusión o si es de adhesión radica en la interpretación que se le da a las clausulas contenidas en el mismo, en el marco del restablecimiento del equilibrio contractual. Si bien algunos pronunciamientos jurisprudenciales han enmarcado el contrato de seguros como contrato de adhesión, hay que tener en cuenta que esta característica no es aplicable a todos los contratos de seguros.

Civil
CONTRATOS DE LICENCIA

CONTRATOS DE LICENCIA

Comúnmente entendemos la palabra ‘licencia’ como un antónimo de ‘restricción’, es decir, con permiso para hacer algo. Pues bien, en materia jurídica el contrato de licencia es exactamente eso, el permiso que otorga el titular de una derecho a otra persona, para que use los privilegios que este posee por ser el titular de ese derecho.

Civil
Es el momento de comprar vivienda?

Es el momento de comprar vivienda?

Estamos finalizando el año 2017, nos queda el último trimestre del año, y poco a poco, vemos cómo se va acelerando la compra tanto de vivienda nueva como de vivienda usada.

 

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DERECHO CORPORATIVO PARA EL SECTOR ASEGURADOR: la sas, las agencias de seguros y su relaci

DERECHO CORPORATIVO PARA EL SECTOR ASEGURADOR: la sas, las agencias de seguros y su relaci

Los actores del sector asegurador ven a la innovación como un motor estratégico fundamental de su crecimiento. Es así como las compañías de seguros y sus intermediarios, actualmente están realizando un gran esfuerzo por generar valor compartido, por innovar en la relación con sus clientes y por incorporar herramientas tecnológicas a su propuesta de valor. Ahora bien, en este punto es pertinente analizar si las exigencias regulatorias constituyen un detonante para la falta de flexibilidad de la industria. Después de los esfuerzos realizados por el profesor Francisco Reyes Villamizar y otros destacados juristas, con el fin de introducir a Colombia la sociedad por acciones simplificadas (En adelante “SAS”), es natural que los intermediarios de seguros y específicamente las agencias, se pregunten si es procedente la realización de su actividad de intermediación por medio del mencionado vehículo societario.