Colombia busca actualizar su política minera: Un cambio necesario

Derecho Minero

Colombia busca actualizar su política minera: Un cambio necesario

Colombia busca actualizar su política minera: Un cambio necesario

 

 

Kátherin Díaz Velilla Abogada, Magister en tributación internacional.

Cuenta con 9 años de experiencia en el área tributaria nacional e internacional, se desempeña actualmente como a Socia de derecho tributario en la firma de consultoría L&B Managers y docente de maestría de derecho tributario.

La política minera en Colombia ha sido objeto de numerosas críticas y controversias debido a su impacto ambiental, la falta de controles a las grandes empresas mineras, la falta de participación de población, la falta de consulta previa a comunidades étnicas, los vacíos en el tratamiento de la minería ancestral, entre otras. En reiteradas sentencias, tanto la Corte Constitucional, como el Consejo de Estado, han exhortado al Congreso de la Republica a actualizar la Política Minera en Colombia, principalmente la Ley 685 de 2001, para mitigar esas problemáticas.

Con este contexto el Congreso constituyó el 24 de octubre de 2022 la Comisión Accidental para la Actualización de la Política Minera en Colombia. Esta comisión ha desarrollado una serie de encuentros con las comunidades y actores del sistema para la construcción de una Política Minera participativa, justa y sostenible. Los retos son bastantes pero el cambio es necesario. Dicha Comisión ha llevado a cabo: 28 audiencias públicas en 19 departamentos con un quorum de más de 10 mil personas; 4 foros temáticos con el sector académico, ONGs, sindicatos y asociaciones; 10 mesas técnicas y 8 reuniones sectoriales que examinaron el tema de forma interseccional frente a los grandes, medianos y pequeños empresarios, iglesias, mujeres y expertos internacionales.

Quizá el principal problema más importante es la afectación ambiental. La minería como actividad primaria puede tener graves consecuencias como la contaminación de ríos y la degradación de los ecosistemas. En la actualidad la realización de la actividad minera en todo el país es la premisa, no la excepción, como debería ser dada la necesidad de establecer medidas contra el cambio climático a las que ha comprometido Colombia. Por ejemplo, el departamento de Boyacá presenta la mayor extensión de páramos en el país con un 18.3% del total nacional, pero estos se han visto afectados por actividades de minería y explotación de hidrocarburos.

Tampoco se establece claramente la obligación de los concesionarios de restaurar los terrenos afectados por la actividad minera. Además, no existe un mecanismo efectivo para hacer seguimiento de que los concesionarios cumplan con los compromisos ambientales y sociales adquiridos en sus planes de manejo ambiental. Es importante mencionar que la implementación de las recomendaciones del Acuerdo de Escazú es esencial para garantizar el acceso a la información relacionada con las explotaciones mineras, incluyendo tanto información ambiental como minera.

Otro aspecto importante que debe actualizarse es lo relativo a la consulta previa de las comunidades étnicas. Según la Constitución colombiana, las comunidades étnicas tienen derecho a ser consultadas en todas las decisiones que les afecten, incluyendo proyectos mineros que puedan tener impacto en su territorio. Sin embargo, la consulta previa en la práctica se ha vuelto una formalidad que no siempre es respetada. Actualizar el código minero con medidas concretas para garantizar una consulta efectiva y participativa puede contribuir a evitar conflictos sociales y culturales que se generan cuando no se respetan los derechos de las comunidades.

Otro problema focalizado es la falta de regulación para los actores de la minería ancestral y la informal, así como su diferenciación de la minería ilegal vinculada a los grupos armados al margen de la ley. Se hace necesario establecer medidas que permitan la integración de la minería informal y la ancestral en la cadena productiva, como por ejemplo brindando simplificación de procesos y asistencia técnica. Cabe destacar la importancia de la minería ancestral, la cual debe ser considerada como un actor de la economía popular, ya que se refiere a las actividades económicas de las comunidades locales y tradicionales, que se han desarrollado a lo largo de generaciones y que están relacionadas con la explotación de recursos naturales. Ahora, es importante tener en cuenta que la minería ancestral también tiene aspectos culturales y simbólicos que van más allá de la dimensión económica y que deben ser valorados y respetados en su propia especificidad.

En la política minera actual hay falta de participación efectiva de la población y de las Autoridades Territoriales frente al uso del subsuelo, por eso es necesario establecer mecanismos de participación ciudadana e instrumentos de coordinación y concurrencia nación – territorio - población, para asegurar que las autoridades competentes de las entidades territoriales, así como la población, participen en la definición, ejecución y seguimiento de las actividades de hidrocarburos y minería.

Actualizar el código minero no significa prohibir la minería, sino regularla de manera responsable y sostenible. Las cifras oficiales informan que, aunque la minería aportó para 2022 el 2% del PIB, esta industria representa en exportaciones US$1 de cada US$3. Así como 160.000 empleos directos y cerca de 700.000 indirectos. Aproximadamente aporta un recaudo de $5 billones anuales en impuestos y regalías. La minería es una actividad económica importante en Colombia, pero no puede desarrollarse a costa de dl medio ambiente ni los derechos de las comunidades y los trabajadores mineros. Una actualización del código minero puede permitir que la minería contribuya al desarrollo económico del país de manera sostenible y responsable.


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