¿EL SEGURO DE HOGAR CUBRE EN CASO DE ERUPCIÓN DE VOLCÁN?
¿EL SEGURO DE HOGAR CUBRE EN CASO DE ERUPCIÓN DE VOLCÁN?
“Las aseguradoras consideran las erupciones volcánicas como un riesgo extraordinario, como también lo son, entre otros, las caídas de cuerpos siderales y aerolitos”.
LIDYA MABEL CASTILLO SANABRIA Abogada - Universidad de la Sabana (Bogotá, D.C.- Colombia), Máster en Abogacía Internacional - ISDE Barcelona, Máster en Antropología Urbana, Migraciones e Intervención Social, Universidad Rovira i Virgili Tarragona España.
Miles de personas residentes en La Palma están viendo cómo desaparecen sus viviendas debajo de la lava expulsada por el volcán de Cumbre Vieja. La pérdida de sus bienes, sin duda, conllevará un duro golpe emocional, pero también económico, pues muchas de ellas deberán empezar de cero. Además, la situación se agrava por el hecho de que las aseguradoras no cubren los daños provocados por las erupciones volcánicas, ya que consideran este fenómeno como un riesgo extraordinario, igual que las grandes inundaciones o las tempestades ciclónicas.
Hoy muchos se preguntan alrededor del mundo, si el seguro de hogar les cubre este tipo de siniestro, y por ello quiero explicar un poco primero, el concepto y en que consiste el seguro. El seguro de hogar, es un contrato que tiene por objetivo cubrir los daños que se puedan producir en una vivienda o mobiliario, antes varios riesgos y eventos. El seguro de hogar puede cubrir desde desperfectos, daños a terceros, etc.
Por lo general, el valor de la prima de un seguro de hogar se calcula en base a las características individuales de los bienes a asegurar, donde se destaca la ubicación geográfica del predio, los valores asegurados, tipos de coberturas requeridas y el año y tipo de construcción.
Los seguros de hogar ofrecen varias coberturas tanto para los propietarios como para arrendatarios de vivienda. Por lo general, cada póliza será distinta a otra y esto dependerá de la compañía seleccionada por el cliente, así como también de las necesidades que se deseen cubrir.
Las principales coberturas que ofrecen estos seguros de hogar son, Todo riesgo, Terremoto, maremoto y erupción volcánica, Actos malintencionados de terceros y terrorismo, Daños de suelos y terrenos, Daños a terceros, Coberturas opcionales, Gastos adicionales, Bono de sostenimiento del hogar, Asistencia domiciliaria.
No obstante, lo anterior, las viviendas siguen estando protegidas en estas situaciones, es por ello importante que se revise si la póliza tiene una cobertura específica para las catástrofes naturales como es el caso de la erupción de un volcán, y si no aparece, hay que tener en cuenta que, con los actuales hechos las compañías de seguros estarán al día para actualizar los cubrimientos.
Debemos tener en cuenta que las erupciones volcánicas suelen considerarse eventos de fuerza mayor en numerosas pólizas de seguro. Este es un concepto que regula el Código Civil y que se refiere a circunstancias o eventos imprevisibles o inevitables.
Es tradicional que se excluyan estos eventos naturales por ser “irresistibles o inevitables para el hombre, que no imprevisibles”. Como en el caso de las lenguas de lava del volcán de la isla bonita que arrasan todo a su paso.
Pero al final, ¿Quién cubre los daños? Cuando ocurren este tipo de situaciones las personas acuden a sus seguros para cuantificar los daños y que estos les ayuden a repararlos, pero con un volcán la situación puede cambiar. Puede darse el caso de que la casa no haya sido sepultada como tal y, por lo tanto, lo que habría que comprobar es si los suministros (agua potable, alcantarillado y electricidad) y accesos están operativos. En caso contrario, el seguro podría hacerse cargo y recuperar de esta forma la habitabilidad de la vivienda.
No obstante, puede pasar que la casa quede sepultada por la lava y que, en consecuencia, sea irrecuperable. Si una persona se encuentra en esa situación dependerá del seguro que tenga contratado, pero en términos generales la póliza puede cubrir la reconstrucción de una vivienda en las mismas condiciones en el lugar que se encontraba la anterior, pero dado que ese suelo puede estar impracticable a causa del volcán, se verían obligados a hacerlo en otro emplazamiento. Esto podría abrir el debate de si se consideraría reconstrucción, aunque se edificara en otro lugar. Todo dependerá del seguro contratado.
Cuando el inmueble esta hipotecado, la póliza tendrá que cubrir la pérdida de la entidad, que en este caso es el dinero que aún no le ha devuelto el propietario. Al fin y al cabo, si la casa ha quedado sepultada no existe la garantía de la hipoteca y, por ello, el seguro se hace cargo.
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