Histórica decisión de la Corte Constitucional de Colombia en materia de igualdad de género

Laboral.

Histórica decisión de la Corte Constitucional de Colombia en materia de igualdad de género

Histórica decisión de la Corte Constitucional de Colombia en materia de igualdad de género: Elimina requisitos diferenciales para el acceso a la pensión de vejez de las mujeres

 

A través de Nota de prensa D-14828 de junio 6 de 2023, se dio a conocer la reciente decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional, adoptada mediante sentencia C-197 de 2023, con ponencia del Magistrado Juan Carlos Cortés González, la cual ha marcado un hito en la lucha por la igualdad de género en el sistema de seguridad social y, en particular, en el acceso a la pensión de vejez.

Lo anterior, en atención a que luego de estudiar una demanda en contra de un apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, la Corte emitió un pronunciamiento en aras de proteger los derechos de las mujeres y busca superar las históricas desigualdades que enfrentan en el ámbito laboral y de la seguridad social.

La cuestión central que se debatió en esta demanda fue determinar si al establecer un requisito uniforme de tiempo de cotización para hombres y mujeres, con el fin de acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media, vulneraba el principio de igualdad y los derechos fundamentales de las mujeres a la seguridad social y a una protección especial en el ámbito laboral, tal como lo garantiza la Constitución Política.

Frente a esto, la Corte resaltó que, si bien la norma buscaba mejorar la sostenibilidad financiera del sistema general de pensiones, no tomaba en cuenta las desigualdades y obstáculos específicos que enfrentan las mujeres en su camino hacia la vejez. Factores como la informalidad laboral, la discriminación de género en el ámbito laboral y la carga desproporcionada del trabajo no remunerado en la economía del cuidado, mayoritariamente ejercido por mujeres, y que ocasionan una deficiencia estructural que impide alcanzar adecuadas condiciones de justicia material para ellas.

Asimismo, señaló que las mujeres adultas mayores y aquellas que ejercen como cabezas de familia son especialmente vulnerables a esta situación de desigualdad y exclusión. En este contexto, la diferencia en la edad pensional y el requisito de densidad de las cotizaciones, tradicionalmente usados en el régimen pensional, resultan insuficientes para superar la discriminación por razones de género y garantizar el acceso a la pensión de vejez en condiciones de igualdad.

Por tal razón, la Corte declaró la inconstitucionalidad del inciso 2° del numeral 2° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que modificó el inciso 2° del numeral 2° del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y el apartado final del inciso 5° del artículo 10 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 34 de la Ley 100 de 1993, en relación con sus efectos para las mujeres. Esta decisión, fue adoptada con el fin de remediar la situación de discriminación indirecta a la que se enfrentan las mujeres en el acceso a la pensión de vejez.

De igual manera, la Corte instó al Congreso y al Ejecutivo a tomar medidas complementarias que cierren la brecha de equidad de género en el sistema de seguridad social, y para esto, enfatizó la necesidad de reconocer el trabajo no remunerado de cuidado que realizan las mujeres, así como implementar políticas que promuevan su inclusión y permanencia en el mercado laboral.

En el marco de la sostenibilidad financiera del sistema pensional se estableció un plazo de implementación gradual de la decisión, que iniciará el 1 de enero de 2026. A partir de esa fecha, se reducirán progresivamente las semanas mínimas de cotización requeridas para las mujeres, hasta llegar a 1000 semanas en el año 2027.

Esta decisión de la Corte representa un avance significativo en la garantía de los derechos de las mujeres en el acceso a la pensión de vejez y es un llamado a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. Es fundamental que el Estado, el Congreso y la sociedad en su conjunto trabajen para cerrar las brechas de género en todos los ámbitos, especialmente en aquellos que afectan la seguridad social y el bienestar de las mujeres en su etapa de vejez. Solo así podremos avanzar hacia una sociedad más justa e inclusiva para todas y todos.

 

Lady Rocío Suárez.

Abogada Especialista en Derecho laboral y Seguridad Social

Universidad Libre de Colombia.

Especialista en Derecho Constitucional y Administrativo

Universidad Católica de Colombia

 


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