Información Exógena en Colombia 2024: Nuevos Obligados y Fechas Fijas
Información Exógena en Colombia 2024: Nuevos Obligados y Fechas Fijas
El mes de octubre trae consigo la publicación anual por parte de la DIAN del listado de obligados a reportar información exógena para el próximo año gravable. Sin embargo, ¿de dónde proviene esta obligación y quiénes están incluidos? Esta obligación está respaldada por el artículo 629-1 y subsiguientes del Estatuto Tributario. Dicho artículo establece que las empresas que emiten facturas de venta o documentos equivalentes deben proporcionar información sobre sus clientes, entre otros requisitos. Esto se aplica a diversas entidades, como la Registraduría Nacional del Estado Civil, cooperativas de ahorro y crédito, cámaras de comercio, la Bolsa de Valores y notarios, entre otros.
Para el año gravable 2024, se han determinado varios nuevos obligados a reportar información exógena, ampliando así el alcance de esta disposición. Estos nuevos obligados incluyen:
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Entidades que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales.
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Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, cooperativas de ahorro y crédito, organismos cooperativos de grado superior, instituciones auxiliares del cooperativismo, cooperativas multiactivas e integrales y fondos de empleados que realicen actividades financieras.
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Bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
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Personas naturales y asimiladas que obtengan ingresos brutos superiores a 17,000 UVT.
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Personas jurídicas y sus asimiladas, así como otras entidades públicas y privadas que superen 3,400 UVT.
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Personas y entidades obligadas a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente para impuesto sobre la renta, IVA y Timbre.
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Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
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Personas o entidades que celebren contratos de colaboración, como consorcios, uniones temporales, joint ventures y más.
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Entes públicos del nivel nacional y territorial del orden central y descentralizado que no deben presentar declaración de ingresos y patrimonio.
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Secretarios generales u órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional.
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Obligados a presentar estados financieros consolidados.
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Cámaras de Comercio.
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Registraduría Nacional del Estado Civil.
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Notarios con respecto a las operaciones realizadas durante su ejercicio.
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Personas o entidades que emiten facturas de venta o documentos equivalentes.
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Alcaldías, distritos y gobernaciones.
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Responsables del Impuesto Nacional al Carbono.
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Entidades que otorgan, reconocen, registran, cancelan o suspenden personerías jurídicas.
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De manera destacable, los responsables del Impuesto Nacional al Carbono y las entidades emisoras de facturas y documentos equivalentes (sin especificar si son físicas o electrónicas) son nuevos obligados a partir del año gravable 2024.
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