Interconexi

Por: Juan Sebastián Cardona Grisales

Interconexi

Recientemente se informó por el ministro de Minas y Energía de Colombia Germán Arce y su homólogo panameño Salvador Sánchez, la intención de promover acciones para viabilizar la integración energética entre Colombia y Panamá. El proyecto de Interconexión Eléctrica Colombia-Panamá consiste en una línea de transmisión eléctrica desde la subestación Panamá II (Provincia de Panamá) hasta la subestación Cerromatoso (Departamento de Córdoba en Colombia). La capacidad de transporte de energía de la línea será de hasta 400 Megavatios (MW) en su primera etapa, con posibilidad de ampliación a 600 MW en una segunda fase y contaría con aproximadamente 614 kilómetros de longitud (340 km en territorio colombiano y 274 km en territorio panameño), a una tensión entre 250 y 450 kV, incluyendo un tramo terrestre y otro marítimo. Se estima el costo de inversión en 450 millones de dólares americanos.

 

El desarrollo de este proyecto representa la integración de la Comunidad Andina con Mesoamérica (mercado organizado a través de la red SIEPAC), y su ejecución posibilitará el acceso a fuentes de generación económicas que redundarán en beneficio de los usuarios a nivel regional, además que contribuirán a diversificar la matriz energética y aumentarán la confiabilidad del sistema dada la complementariedad de las fuentes de generación y la estacionalidad de los fenómenos climáticos como El Niño y La Niña.

 

 

 

Sin embargo al pretenderse interconectar dos sistemas con mercados eléctricos compatibles pero no iguales y atravesar la línea eléctrica el ecosistema conocido como el “Tapón del Darién”, el cual es hábitat de múltiples comunidades étnicas: indígenas, afrodescendientes y raizales; en suma a que es una de las regiones naturales más importantes del mundo al pertenecer a la región neotropical (húmeda) conocida como el “Chocó Biogeográfico”, es evidente que la viabilidad de este proyecto dependerá de la armonización regulatoria, los conocimientos técnicos, y el adecuado relacionamiento social por parte de la empresa Interconexión Eléctrica Colombia-Panamá (ICP), quien es responsable de construir y operar la línea de transmisión eléctrica entre los dos países, junto con la colaboración mancomunada entre diversas autoridades administrativas del orden nacional y territorial, con la finalidad de coordinar la ejecución de los procesos de consulta previa en el marco del convenio 169 de la OIT con las comunidades étnicas y los planes de gestión social con las comunidades vecinas localizadas dentro del área de influencia del proyecto, de manera que se garantice su derecho a conocer libre, previa e infamadamente sobre los alcances de las obras a ejecutarse en su territorio y se identifiquen las medidas de prevención, mitigación, compensación, y reparación de los impactos socioambientales que deberán ser exigidos por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) al otorgar la Licencia Ambiental Global del proyecto de interconexión, so pena de estar condenado al fracaso en tiempos donde las consultas populares y el rechazo social tienen en vilo proyectos estratégicos de desarrollo en todo el país.

 

Juan Sebastián Cardona Grisales

MBA (c) / Abogado LL.M. Regulación Minero-Energética / Derecho Comercial y Corporativo / RSE
Profesional independiente
CENTRUM Graduate Business School
E-mail: jscardona4@hotmail.com

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