La irrenunciabilidad de los derechos laborales
La irrenunciabilidad de los derechos laborales
En nuestro ordenamiento jurídico, se encuentran establecidos una serie de derechos laborales irrenunciables que protegen a los trabajadores y garantizan su bienestar en el lugar de trabajo; estos no podrán ser objeto de negociación, transacción, ni de renuncia por parte del trabajador, aunque sea por su propia voluntad.
La Rae define al principio de irrenunciabilidad, como aquel “Principio por el que las personas no pueden renunciar a sus derechos constitucionales y legales, por lo que todo tipo de renuncia expresa o tácita, o norma que constituya una renuncia, serán nulos.”
El artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo establece que: “(…) Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.”
La irrenunciabilidad a estos derechos tiene como finalidad proteger los derechos mínimos de la parte débil de la relación contractual, es decir, del trabajador, quién puede pretender despojarse de estos ante la presión de su empleador o de un tercero.
Dentro de los derechos laborales irrenunciables establecidos en nuestro ordenamiento jurídico, encontramos los siguientes:
Derecho a la igualdad y no discriminación: Los trabajadores tienen derecho a recibir un trato igual y sin discriminación, independientemente de su género, raza, orientación sexual, religión, entre otros aspectos. (Art. 13 Constitución Política)
Derecho a la libertad sindical: Los trabajadores tienen derecho a formar sindicatos y a afiliarse a ellos, sin que los empleadores los discriminen por esta razón. (Art. 39 Constitución Política)
Derecho a la seguridad social: Los trabajadores tienen derecho a ser afiliados al Sistema Integral de Seguridad social, el incluye salud, pensión y riesgos laborales. (Art. 48 Constitución Política)
Derecho a la remuneración mínima vital: Los trabajadores tienen derecho a recibir un salario mínimo que esté establecido por la ley, el cual será actualizado de forma anual y está destinado a garantizar que los trabajadores puedan satisfacer sus necesidades básicas. (Art. 53 Constitución Política)
Derecho a la jornada laboral: Los trabajadores tienen derecho a una jornada laboral de máximo 8 horas diarias y 48 horas semanales, exceptuando algunos trabajos que tienen jornadas especiales, mientras se implementa de forma gradual la Ley 2101 Del 2021, que redujo la jornada laboral a 42 horas semanales.
Derecho a la estabilidad laboral: Los trabajadores tienen derecho a la estabilidad laboral, lo que implica que no pueden ser despedidos sin una justa causa o sin el debido proceso establecido por la ley. (Art. 53 Constitución Política)
Derecho a las prestaciones sociales: Los trabajadores tienen derecho a recibir prestaciones sociales, como la prima de servicios, las vacaciones y las cesantías. (Art. 53 Constitución Política)
Derecho a la negociación colectiva: Los trabajadores tienen derecho a negociar con sus empleadores los términos y condiciones del trabajo, con las excepciones que señale la ley.
En consecuencia, estos derechos laborales irrenunciables son fundamentales para garantizar que los trabajadores desarrollen sus actividades dentro de un ambiente laboral seguro y justo, en aras de que se proteja su dignidad y su bienestar.
https://dpej.rae.es/lema/principio-de-irrenunciabilidad
Lady Rocío Suárez Castro
Abogada Especialista en Derecho laboral y Seguridad Social
Universidad Libre de Colombia.
Especialista en Derecho Constitucional y Administrativo
Universidad Católica de Colombia.
Comentarios
ANTONIO CAMPO H September 11th, 2023
SALI PENSIONADO POR VEJEZ , Y HABIA LABORADO EN UNA ENTIDAD PUBLICA , Y MIS PRESTACIONES SOCILES LE FUERON CONSIGNADAS A UN BANCO PORQUE TENIA UNA LIBRANZA CON DICHA ENTIDAD BANCARIA , EN FORMA UNILATERAL Y SIN EXISTIR NINGUNA SOLICITUD Y MEDIDA CAUTELAR EL PAGADOR DE DICHA ENTIDAD LE CONSIGNO MIS PRESTACIONES A DICHO BANCO , ES LEGAL O ILEGAL DICHA SITUACION