La licencia por luto: ¿Es suficiente el tiempo otorgado por la ley en casos de múltiples pérdidas familiares?

Laboral.

La licencia por luto: ¿Es suficiente el tiempo otorgado por la ley en casos de múltiples pérdidas familiares?

La licencia por luto: ¿Es suficiente el tiempo otorgado por la ley en casos de múltiples pérdidas familiares?

La muerte de un ser querido es un suceso que genera un dolor profundo y requiere un período para ser procesado. La reglamentación laboral colombiana reconoce esta situación y constituye la licencia por luto como un derecho fundamental del trabajador. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando un trabajador se enfrenta al luto de varios familiares a la vez? ¿Es acumulable el tiempo de licencia?

La licencia por luto, tal como está contemplada en nuestro ordenamiento jurídico, es un beneficio que busca ofrecer un espacio para el duelo y la liberación emocional. Sin embargo, cuando se producen múltiples defunciones en el núcleo familiar, este período de cinco días puede resultar insuficiente para atender las diversas gestiones y diligencias que se generan, además de permitir un adecuado proceso de duelo. Si bien la ley no contempla expresamente la posibilidad de acumular los días de licencia por luto en caso de múltiples decesos, es fundamental que los trabajadores y trabajadores aborden esta situación con comprensión y flexibilidad. La pérdida simultánea de varios seres queridos es un evento excepcional que merece una respuesta igualmente excepcional.

Según

  • Co

  • Padres

  • Suegros y otros familiares de primer grado de

El tiempo de licencia se computa en días hábiles, en algunas empresas incluyen los sábados, dependiendo de la jornada laboral estable.

En la sentencia de la Corte Constitucional C-892/12, con magistrado ponente, doctor Juan Felipe Diez Castaño, se aborda la licencia por luto, explicando su fundamento y trascendencia. La Corte subraya que el duelo es una experiencia emocional de pesadumbre causada por la pérdida de un ser querido. La licencia por luto, regulada por la Ley 1280 de 2009, permite a los trabajadores faltar temporalmente para enfrentar el duelo y ejecutar los trámites necesarios tras el fallecimiento de un familiar; la Corte enfatiza que esta prestación busca ofrecer soporte emocional y económico al trabajador en momentos de dolor, sembrando la solidaridad y optimizando las relaciones laborales al facilitar el reintegro con mayor compromiso y actitud positiva. Esta norma establece la necesidad especial del empleador de brindar tiempo y sustento en escenarios de luto, con el objetivo de mitigar el impacto psicológico de la pérdida y apoyar al trabajador en su proceso de duelo.

Ahora bien, dado que la normativa no alude directamente a la acumulación de días de licencia por la pérdida de varios familiares simultáneamente, una interpretación propia sugiere que el trabajador gozaría de solo cinco días, sin importar el número de fallecimientos. Esta interpretación se basa en la premisa de que la licencia por luto es un permiso general y no un derecho acumulativo por cada pérdida individual. Sin embargo, esta interpretación puede parecer insuficiente, especialmente en situaciones donde el dolor y las necesidades emocionales del trabajador son agravadas por la pérdida de múltiples seres queridos. El hecho de que la ley no trata esta cuestión con exactitud deja un vacío que podría ser abordado desde un enfoque más humano

Ante esta realidad, es imperioso modificar la normativa laboral y considerar la eventualidad de ampliar la licencia por luto en situaciones de múltiples defunciones. Asimismo, se debe fomentar una cultura organizacional que valore la salud mental de los trabajadores y reconozca la importancia de ofrecer el apoyo necesario en momentos de crisis. La muerte de un ser querido es una experiencia triste y complicada. Limitar el tiempo de duelo a cinco días en casos de múltiples pérdidas puede llevar a un evento traumático y generar una marca negativa en la salud mental del trabajador. Es esencial que tanto el Estado como las empresas reconozcan esta realidad y respondan con medidas que permitan a los trabajadores enfrentar estas situaciones de manera adecuada.

El luto es una experiencia profundamente personal y su impacto puede ser mayor cuando se sufre la pérdida de varios seres queridos en un corto período. Aunque la ley colombiana ofrece un marco esencial para la licencia por luto, la falta de especificidad sobre la acumulación de días en casos de múltiples fallecimientos subraya la necesidad de una interpretación flexible y humana. Tanto los trabajadores como los trabajadores deben actuar con sensibilidad y comprensión, ajustando las políticas y prácticas a las necesidades reales del duelo. En última instancia, es justo permitir que el trabajador enfrente su dolor sin las presiones adicionales de la vida laboral, promoviendo en su entorno laboral un respeto y apoyo al proceso de duelo. La implementación de medidas adicionales, como licencias no remuneradas o flexibilidad en el tiempo de ausencia, puede ser una forma adecuada de manejar estas situaciones excepcionales, demostrando que la compasión y la empatía son fundamentales en el ámbito laboral.

 

POR: JAIR ANDREY BARRAGÁN

Abogado Editor E. Notinet


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