Las copropiedades no pueden prohibirles a los residentes tener mascotas
Las copropiedades no pueden prohibirles a los residentes tener mascotas
- La tenencia de mascotas es uno de los mayores causantes de los conflictos que se presentan en la propiedad horizontal.
- Las copropiedades desempeñan un papel importante en la promoción de una convivencia armónica, y la tenencia de mascotas constituye una parte integral de ello.
Bogotá D.C., junio del 2023
Ninguna copropiedad puede prohibirle a sus residentes tener mascotas según lo establecido en la ley 2054 de 2020. No obstante, se debe tener en cuenta la ley 1801 del Código Nacional de Policía y Convivencia, en el cual se abordan temas sobre la tenencia de mascotas en copropiedades para fomentar la convivencia armoniosa entre los propietarios de inmuebles y sus compañeros de cuatro patas.
Por lo tanto, es necesario que los propietarios asuman la responsabilidad que conlleva tener una mascota, especialmente en espacios compartidos como las copropiedades. La ley 1801 establece algunas pautas fundamentales para garantizar una convivencia adecuada entre los residentes y las mascotas.
En primer lugar, se hace hincapié en la importancia de la educación y la concientización sobre la tenencia responsable de mascotas. Los propietarios deben asegurarse de que sus perros o gatos estén debidamente identificados con microchip y cuenten con las vacunas y desparasitaciones necesarias. Asimismo, se promueve la esterilización como medida de control poblacional y para prevenir conductas agresivas.
En cuanto a los espacios comunes de las copropiedades, Armando González, administrador de propiedad horizontal hace más de 25 años afirmó: “Cada mascota debe estar acompañada de su dueño con su respectiva traílla o correa. Lo que antes llamábamos animales peligrosos hoy en día se llaman animales de manejo especial, los cuales deben andar con bozal para evitar ataques a personas o a otras mascotas. Las excretas deben ser recogidas y depositadas en los puntos dispuestos para ello.”
Si bien la norma es clara, la tenencia de mascotas es uno de los mayores causantes de los conflictos que se presentan en la propiedad horizontal.
“Desde la administración, hemos venido impulsando campañas de concientización a través de diferentes comunicaciones para informar a la gente sobre la importancia de que se cumpla con la norma. Próximamente tenemos una actividad, la cual esperamos que sea lo más pedagógica posible con el fin de concientizar a los residentes frente a la tenencia de mascotas, en temas como la recolección de las excretas y el debido manejo de las mascotas en zonas comunes”, añadió Armando González.
Properix pone al alcance de la propiedad horizontal una plataforma de comunicación que puede ser utilizada para registrar y controlar el cumplimiento del manual de convivencia en las copropiedades. Esta herramienta permite a los propietarios reportar incidencias o faltas, como ruidos excesivos o falta de recogida de desechos, facilitando la gestión y resolución de conflictos de manera más eficiente.
Es importante destacar que, en caso de incumplimiento de estas disposiciones, el Código Nacional de Policía y Convivencia contempla sanciones para aquellos propietarios que no cumplan con sus responsabilidades en la tenencia de mascotas en copropiedades. Las sanciones contemplan amonestaciones verbales, multas económicas que van desde 5 hasta 15 salarios mínimos legales vigentes, realización de trabajos comunitarios, entre otros.
Las copropiedades desempeñan un papel importante en la promoción de una convivencia armónica, y la tenencia de mascotas constituye una parte integral de ello. Entonces, es importante que las copropiedades aprovechen todos los recursos, como por ejemplo la tecnología para promover un entorno adecuado para los propietarios y sus compañeros de cuatro patas.
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