Las “startup” y el Derecho Laboral
Las “startup” y el Derecho Laboral
Es frecuente escuchar sobre las denominadas startup en el entorno social y basta con advertir el sin número de profesionales jóvenes que actualmente laboran en estos emprendimientos innovadores, para concluir que no se trata de una simple pyme o “pequeña o mediana empresa”, sino que se caracterizan por una serie de particularidades, razón por la cual valdría la pena realizar algunas recomendaciones en materia laboral a esta nueva oleada de emprendedores, como se desarrollará a continuación.
Es cierto que, independientemente del tipo de emprendimiento o empresa, todas están sujetas a la normatividad en derecho laboral. Sin embargo, también es cierto que la misma legislación ofrece un abanico de posibilidades que pueden, en un caso determinado, ajustarse con mayor conveniencia a las dinámicas empresariales propias de las startup.
El primer aspecto por considerar, gira en entorno a las características especiales de las startup que involucran prerrogativas laborales y donde se logran evidenciar los siguientes escenarios:
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Se trata de un emprendimiento con “una idea novedosa”, con un potencial de desarrollo incierto, y sujeta a escalas de inversión de las cuales dependerá la materialización efectiva y éxito de la propuesta.
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La dificultad para conseguir nuevas inversiones limita la extensión del proyecto, y conlleva a la desvinculación de sus colaboradores.
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A algunos de los trabajadores vinculados a las startup, se les ofrece una participación en el éxito del proyecto bajo el denominado “Equity”.
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Las jornadas de trabajo ocasionalmente requieren superar la jornada máxima legal para lograr desarrollar proyectos particulares.
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Si bien depende del tipo de startup, es común que se requiera de alguna participación de desarrolladores de software para la implementación del emprendimiento.
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