Lo que significa la prórroga de 10 años de la Ley de víctimas del conflicto armado interno.
Lo que significa la prórroga de 10 años de la Ley de víctimas del
conflicto armado interno.
POR: LIDYA MABEL CASTILLO SANABRIA Abogada de la Universidad de la Sabana (Colombia), Antropóloga Urbana de la URV (España), Abogada Internacional del ISDE (España). Especialista en Estudio de Títulos Inmobiliarios, legalización de garantías hipotecarias, consultor legal externo para entidades bancarias, financieras, constructores e inmobiliarias.
"La paz, lo sabemos, va mucho más allá de firmar un acuerdo o de silenciar los fusiles. La paz se construye con justicia social, con hechos que cambien vidas. ".
La ley por la cual se busca generar, medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno, Ley 1448 de 2011, que desde su promulgación tiene por objeto establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas de las violaciones – se denominan víctimas aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, dentro de un marco de justicia transicional, que posibiliten hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición, de modo que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de la materialización de sus derechos constitucionales.
Dicha ley, de no haber sido prorrogada el pasado 08 de enero mediante la ley 2078, se quedaban sin resolver por lo menos unas 25 mil solicitudes presentadas por campesinos y comunidades étnicas que piden se les devuelvan los predios que les quitaron violentamente o que debieron abandonar a la fuerza en medio del conflicto armado.
Su efecto inmediato sería el cierre de los juzgados y tribunales especializados en restitución de tierras. Los procesos en curso se reasignarían a jueces y magistrados civiles y ordinarios, cuya especialidad sería la más cercana a la materia. Esto desnaturaliza el carácter transicional de la restitución, ya que serían jueces sin formación ni trayectoria en derechos humanos quienes, con un punto de vista privatista, formal y netamente centrado en el análisis de la propiedad quedarían con la responsabilidad de adoptar las decisiones.
Hasta el pasado 31 de agosto, esta entidad había recibido 122.709 solicitudes para restituir unos 112 mil predios que se presume fueron despojados o abandonados a la fuerza durante el conflicto armado en todo el país. De ellas, unas 98.486 ya iniciaron su trámite ante los funcionarios de la URT. Quiere decir que aún hay unas 24.223 reclamaciones aguardando el inicio de su diligencia.
La misma Unidad de Restitución de Tierras, señala que, de 75.651 solicitudes que ya terminaron su trámite en la etapa administrativa, unas 49.156, es decir, un 40 por ciento, fueron rechazadas tras considerar que no se ajustaban a la misión de la entidad mientras que unas 26.495 fueron aceptadas e incluidas en el registro de tierras despojadas y abandonadas. El alto número de solicitudes rechazadas preocupa a las organizaciones no gubernamentales por lo que le pidieron a la Procuraduría que revisara esas decisiones.
Asimismo, unas 18.771 solicitudes ya fueron trasladadas ante los jueces especiales de tierras, las cuales se suman a los poco más de cinco mil casos que, según estima el abogado de la Fundación Forjando Futuros, se encuentran en los despachos de jueces y magistrados de esta jurisdicción especial y que, hasta tanto no haya un pronunciamiento oficial sobre la ampliación de la vigencia de la Ley, deberán ser evacuados en los próximos 20 meses.
La justicia especializada ha generado algunas sentencias ejemplarizantes como son el caso del consejo comunitario La Larga Tumaradó, un territorio conformado por 46 comunidades negras que cuenta con una extensión de 107 mil hectáreas en el municipio chocoano de Riosucio. Después de varios años de construcción de la demanda por parte de los abogados de la URT, que no estuvo exenta de dificultades y controversias con la misma comunidad, llegó a manos del Juez Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Quibdó los primeros días de diciembre de 2017.
En ella, las comunidades negras piden les restituyan el territorio colectivo que les fue usurpado por un puñado de terratenientes y ganaderos que sacaron provecho de la diáspora generada por la violencia paramilitar de finales de los años noventa del siglo XX, para comprar tierras a bajos precios y desarrollar allí extensos proyectos palmicultores o ganaderos.
El problema es que el Juez que conoció el proceso, que fue muy garantista con las comunidades, fue trasladado a otra región y quien llegó en su lugar debe empaparse de todos sus detalles, debe conocer un proceso que tiene más de 50 cuadernos, situación que ha demorado la toma de una decisión de fondo el consejo comunitario de Puerto Girón, de Apartadó, Urabá antioqueño.
Dentro de las medidas de la ley también se consagrada a modo de reparación la restitución de tierras, por lo cual si una persona fue afectada por otro tipo de delitos podrá reclamar la indemnización, la rehabilitación, garantías de satisfacción y garantías de no repetición.
Otro de los elementos que debe integrarse en este estudio es el abandono forzado de los predios, que no es más que la situación en la cual la víctima se ve obligada a dejar sus tierras para proteger su derecho a la vida, la libertad e integridad suya y la de su familia, razón por la cual se ve impedida para usar y explotar su predio.
Es importante tener en cuenta que el despojo y el abandono forzado, se utilizan de manera conjunta para quitarles la tierra a las personas que fueran propietarias, poseedoras de predios, o explotadoras de baldíos, y que la Ley en materia de Restitución de tierras contempla tanto a víctimas de despojo como de abandono.
Esperemos que estos diez años sean suficientes para que las victimas ya reconocidas del conflicto armado encuentren justicia y transparencia, sean finalmente reparadas integralmente.
"Devolverle la tierra al campesino es devolverle su esencia y es darle la posibilidad de ser plenamente productivo y tener su lugar en la sociedad".
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